Reforma al Código Civil del Estado: Adolescencias trans en Oaxaca.

Foto: RedDiversidad

El pasado 22 de septiembre de este año (2021), Oaxaca vuelve a hacer historia, al aprobar la reforma al Código Civil. Con está reforma se pretende qué las personas trans mayores de 12 años, puedan elegir libremente su identidad de género, esto en todo el territorio oaxaqueño.

Esta reforma debería garantizar el derecho de las adolescencias trans en todo el estado de Oaxaca, dicha reforma fue realizada al artículo 137 del Código Civil para el Estado de Oaxaca.

Para dicho trámite únicamente se deberá necesitar el acompañamiento, la autorización y la identificación de la, el, las, los, les madres y/o padre (s) según sea el caso, de negarse el consentimiento por alguno de estxs, se podra acudir a la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca, la cuál debera presentarle asistencia legal para recurrir a la jurisdicción y en consecuencia sean lxs jueces quienes resolveran.

Lo anterior es lo que en teoria y de acuerdo a lo que la ley establece. Sin embargo pareciera que nadie hace lo que las leyes dicen, pues a escasos 2 años de la reforma al mismo Código Civil, en el que se reconocen los derechos de las personas trans adultas para realizar el tramite del cambio de identidad de genero.

Este tramite no se ha podido realizar o se ha realizado con muchas dificultades, pues en la propia dirección del registro civil, en el jurídico, y en sus 142 oficialías en el estado de Oaxaca, no se realiza como se establece y no se garantiza este derecho a las personas trans en el estado, pues se siguen realizando trabas a lxs usuarixs.

Los cobros son excesivos, falta de capacitación al personal directivo como al personal operativo de esta institución, así mism gobierno del estado de Oaxaca no se ha tomado el tiempo observar el funcionamiento de los servidores y las instituciones que forman parte de estos mecanimos para la garantía de los derechos humanos y juridicos de las personas trans.

Esta reforma deberia significar la garantia de los derechos humanos de las personas trans en todo el territorio oaxaqueño, no basta con hacer reformas al Código Civil, sino que se debe poner mucha atención en quiénes son los servidores al frente de estas instituciones que se encargan de brindar el servicio de trámites, que sean personas capacitadas, que se capaciten constantemente, que el Gobierno del Estado de Oaxaca en sus tres ordenes de poder puedan sensibilizar a la sociedad con políticas públicas encaminadas a visibilizar los derechos humanos que las personas trans tienen en la sociedad.

Código de DH, da el respaldo a las peticiones y exigencias de la comunidad trans en el estado de Oaxaca para que los trámites de las personas mayores de 18 años, sean atendidas en su totalidad, que los servidores del Registro Civil y de todas las instituciones del servicio público se capaciten para una mejor atención, sensibilización, y trato hacia la comunidad trans en todo el estado.

Alto a los actos de discrimininación a la comunidad trans por parte de los servidores públicos, que se les respeten los pronombres, que dejen de hacer cobros excesivos e injustificables en los tramites de reconocimiento de identidad de género.

Pedimos capacitaciones constantes de los oficiales de las 142 oficialías del estado, que los tramites sean homologados en las 142 oficialías, que los directivos y personal operativo paren con los actos de transfobia hacia lxs usuarixs.

Pero sobre todo que a las INFANCIAS TRANS EN OAXACA SE LE RESPETE Y RECONOZCA EL DERECHO AL CAMBIO DE IDENTIDAD DE GENERO, QUE SUS MADRES, PADRES O TUTORXS SEAN ACOMPAÑADOS POR PERSONAL CAPACITADO Y SENSIBILIZADO EN EL TEMA Y EN ATENCIÓN Y TRATO A LA NIÑEZ TRANS.

Que la procuraduría estatal de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes de Oaxaca puedan también contar con personal capacitado para la atención en dichos temas.

 

Candy Castellanos.