Sin tortura, taller para la investigación de la tortura

Con la asistencia de agentes del ministerio público, agentes estatales de investigación y la Unidad de Investigación de la Tortura de la Fiscalía General de Oaxaca realizamos un primer diagnóstico para identificar lo que sabemos de la tortura y cuál es el rol de cada uno en la documentación de la tortura. Cabe mencionar que la Fiscalía registró en 2023 111 denuncias por tortura en los que se identifica como principales perpetradores policía estatal, municipal, AEI, custodios, autoridades municipales. En tanto la DDHPO registro 20 casos de tortura, 11 de malos tratos y 126 detenciones arbitrarias.
Si bien ya queda clara la definición y el sustento jurídico del delito de tortura, que al mismo tiempo es una violación de los derechos humanos, por tanto imprescriptible; entre los motivos por los cuales se realiza la que mayormente se identifica es conseguir una confesión u obtener información, aunque la Ley General para Prevenir, Investigar y sancionar la Tortura en su Art. 24 reconoce otras motivaciones: “como medio intimidatorio, como castigo personal, como medio de coacción, como medida preventiva, o por razones basadas en discriminación o con cualquier otro fin.”
En el caso de las personas defensoras, pueden aplicarse otras motivaciones para la realización de la tortura, en especial durante las detenciones hemos visto situaciones que han sido denunciadas como tortura en los últimos años. Por ello, es fundamental que las obligaciones del Estado como garantizar la debida diligencia; prevenir, investigar y sancionar la tortura, así como no criminalizar la defensa de los derechos humanos.
El Protocolo de Estambul se reconoce como la herramienta fundamental para la documentación de la tortura, sin embargo, el hecho de que existan tan pocos peritos especializados a nivel nacional dificulta el avance de las investigaciones. Por ello, la propuesta de trabajo para el taller incluyó la identificación de manera general la tortura a través de un cuestionario que permite la identificación de entornos torturantes en casos concretos, y que puede ser incluido en la carpeta de investigación.

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