El presente informe, tiene como objetivo contribuir a la adecuada implementación de la Ley General para Prevenir Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (LGPIST) en el estado de Oaxaca. Aporta elementos de análisis que nos permitan comprender cómo opera la tortura en el estado y qué prácticas es necesario fortalecer, cambiar o eliminar para poder contribuir a la prevención de esta grave violación a los Derechos Humanos.
Recordamos que en 2014 el relator de la ONU Juan E. Méndez en su informe sobre tortura señaló que la tortura es una práctica generalizada en el país y recomendó al Estado mexicano expedir una ley que se apegara a los más altos estándares internacionales, entre otras acciones. En 2017 se publicó la nueva ley con una importante participación de la sociedad civil, académicos y especialistas en el tema; el reto ahora es implementarla.
En Oaxaca, como en muchos lugares del país, la tortura se comete principalmente durante la detención, el traslado y en centros de detención y penitenciarios, sin embargo no es reconocida, documentada ni sancionada. Nuestro análisis parte de la revisión de expedientes de la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) de 2017 y 2018; información sobre custodios y personal de seguridad de centros penitenciarios obtenida a través de un cuestionario, así como testimonios de jóvenes estudiantes que se ven en riesgo de sufrir tortura o tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes (TPCID en adelante).
Entre los principales hallazgos de la investigación tenemos:
La revisión de expedientes de la DDHPO (1) nos arrojó un patrón donde la población en riesgo de vivir tortura y TPCID, es básicamente la de los varones jóvenes y adultos jóvenes con escolaridad de nivel básico a media superior, o que se encuentren privados de su libertad en cualquier centro penitenciario. Identificamos 26 métodos de tortura, los que se aplican de manera combinada; también se identifican en estos expedientes como los principales perpetradores, a directores de penales, custodios y agentes estatales de investigación, entre otros más.
La reclusión en sí misma es condición de vulnerabilidad, puesto que la población privada de libertad está bajo el resguardo de funcionarios públicos que en estos casos, no están cumpliendo con sus funciones de garantizar la seguridad e integridad de las personas. Se identificaron otros 12 métodos de TPCID contra población privada de libertad.
En el caso de personal penitenciario y de custodia, los datos obtenidos (2) nos arrojan un perfil medio del personal penitenciario y de custodia, constituido por dos terceras partes de varones de entre 20 a 40 años (66.8%), con escolaridades básica y media superior en su mayoría (83.8%); una tercera parte por personas que se asumen de un grupo indígena. Que en términos laborales consideran que las instalaciones en las que laboran no están en buenas condiciones y que no cuentan con un equipo adecuado para su labor.
Corroboramos que, a pesar de que los servidores públicos han recibido capacitaciones sobre temas de derechos humanos, las cifras de violaciones a DDHH no han disminuido. Las evidencias indican que es un asunto estructural, a la cadena de mando hay que agregar la ausencia de mecanismos de control y acceso a la justicia que generan impunidad y envían un mensaje permisivo para que la tortura siga ejerciéndose.
La percepción de jóvenes estudiantes universitarixs sobre temas de seguridad, abuso policial y grupos vulnerables la obtuvimos a través de un grupo focal con estudiantes de derecho de la UABJO. Los datos de este grupo coinciden con los datos obtenidos en los expedientes de la Defensoría y corroboran que las detenciones arbitrarias son una constante en el estado y que los jóvenes son uno de los grupos más vulnerables de sufrir tortura, el objetivo es obtener dinero de ellos o incriminarlos de algún delito que no cometieron.
A nivel institucional, Oaxaca cuenta ya con una Ley Estatal para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (dic. 2017) y con una Unidad Especializada en Investigación contra la Tortura desde agosto de 2017. En ella se han concentrado los casos de todo el Estado contando un total de 312 expedientes. Sin embargo los resultados son escasos debido a que sólo 4 personas integran la Unidad, por ahora su principal resultado esta en el registro que de los casos que ha permitido identificar a las víctimas, perpetradores, tipos de detención, lugares de ocurrencia, entre otros datos.
Adicionalmente destaca la situación de negación de la tortura en diversas instituciones y las dificultades para una adecuada documentación.
A nivel Federal otro de los grandes retos esta en la creación del Programa Nacional de Prevención de la Tortura, desde sociedad civil hemos analizado una diversidad de situaciones y lugares donde puede darse la tortura, y a partir de la experiencia estamos aportando una serie de propuestas para el Programa que se encuentran en el Anexo del Informe y nutren los diversos aspecto del Artículo 69 de la LGPIST.
Del análisis realizado, se derivan una serie de recomendaciones a la Fiscalía General dela República, el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, a la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, a la Secretaria de Seguridad Pública de Oaxaca y a la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.
Consulta el Informe Tortura 2019 AQUI
NOTAS
1) Informe del Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Juan E. Méndez. En línea: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2015/9930.pdf
2) De los 120 expedientes revisados de los años 2017-18, se contabilizaron para este informe 84. Los demás, no fueron incluidos debido a que no reunían la información suficiente para calificar a los hechos como tortura o TPCID.
3) Se aplicó un cuestionario a 203 custodios, de un total de 475 en todo el Estado, pertenecientes a 8 de 13 centros penitenciarios en el estado, con el apoyo de la Dirección de Reinserción Social de la SSP.