El avance logrado en los noventas, con el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en el ordenamiento internacional con un documento jurídicamente vinculante como es el Convenio 169, sigue pendiente a nivel de la legislación nacional y estatal, aún con el reciente reconocimiento de los tratados internacionales de derechos humanos en el Artículo 1 constitucional.
Lastimosamente, la falta de reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas se traduce en marginación, pobreza y despojo de sus tierras y territorios. Así como en una fuerte discriminación y racismo que permea a la sociedad en su conjunto. El racismo es un mecanismo de opresión que se ha traducido en prácticas cotidianas e institucionales que colocan a unas personas por encima de las otras.
De aqui la importancia de reivindicar en esta fecha el Convenio 169, que inauguró una nueva perspectiva sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, este reconocimiento no puede desligarse del proceso de globalización y del reconocimiento de la multietnicidad de los estados-nación. Al mismo tiempo, permitió superar la discusión sobre los derechos de las minorías y colocar en la discusión el derecho de los Pueblos Indígenas a la Autonomía, entre otros.
En los tiempos que corren, tiene especial relevancia reconocer que las tierras y territorios de los pueblos indígenas son parte sustancial de su integridad y de la construcción de su autonomía. Rodolfo Stavhenhagen, ex-relator de Pueblos Indígenas señaló ya hace varios años: “Los reclamos por el derecho a la autonomía no pueden entenderse cabalmente sino en relación con una larga historia de opresión, exclusión y explotación. Este es el caso de los pueblos indígenas.” Y reconoce diversas modalidades de autonomía: derecho a la propia lengua, a la educación, al territorio, al control sobre los recursos naturales, al gobierno autóctono y al ejercicio de la justicia.