El CAT condena el aumento de la tortura en México

  • Encubrimiento de tortura por peritos oficiales
  • Tribunales condenan a personas con base en confesiones obtenidas bajo tortura
  • “Aumento progresivo” en desapariciones forzadas

México D.F., a 28 de noviembre de 2012. El pasado viernes 23 de noviembre el Comité Contra la Tortura (“CAT”) de la Organización de las Naciones Unidas emitió sus conclusiones finales y recomendaciones al Estado mexicano tras realizar una evaluación periódica a éste a finales del mes pasado. Recordamos que la evaluación llevada a cabo por este órgano de personas expertas internacionales independientes, incluyó el análisis minucioso del informe oficial entregado por el Estado, diversos informes presentados por organismos públicos de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil, así como dos jornadas presenciales de discusión (celebradas los días 31 de octubre y 1º de noviembre de 2012) a partir de preguntas y respuestas a una delegación estatal conformada por más de 30 representantes de los gobiernos federal y estatales.

 Los resultados del examen periódico del Comité son contundentes y vienen a confirmar lo denunciado durante los últimos años por las organizaciones de la sociedad civil nacionales e internacionales: con las actuales políticas de seguridad pública, el país vive un “alarmante aumento del uso de la tortura durante interrogatorios de personas sometidas a detención arbitraria por parte de efectivos de las fuerzas armadas y cuerpos de seguridad en el marco de las operaciones conjuntas contra el crimen organizado”, práctica que se queda impune gracias a la complicidad de diversas autoridades, destacando la falta de investigación y el encubrimiento de actos de tortura por autoridades y peritos ministeriales, la tolerancia por parte de autoridades judiciales y el uso de viciadas y contraproducentes figuras como el arraigo.

Esta última figura ya había sido condenada rotundamente por el Comité CAT en 2006, exigiendo que se elimine tanto en la legislación como en la práctica. El Comité observa con preocupación que en vez de acatar dicha recomendación, el Estado elevó el arraigo al rango constitucional y lo sigue utilizando, incluyendo “en instalaciones militares”, a pesar de que esta figura propicie la tortura. Señala en particular la información relativa al “incumplimiento de las medidas de control del arraigo, la falta de control efectivo sobre las actuaciones del Ministerio Público” y agregando: “El Comité constata la ineficacia del recurso de amparo frente al internamiento en régimen de arraigo.”

Tampoco la reforma penal aprobada en 2008 garantiza de por sí la exclusión de pruebas obtenidas bajo tortura: señala el Comité CAT que “el caso de Israel Arzate Meléndez resulta paradigmático para ilustrar la persistencia de esas prácticas incluso en aquellas jurisdicciones en las que ya ha sido implantado el nuevo sistema de justicia penal. A este respecto, el Comité sigue con atención la tramitación de este caso por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).”

El Comité externa su grave preocupación por las informaciones concordantes en el sentido de que durante el período anterior a la entrega al Ministerio Público, se infligen torturas y malos tratos a los detenidos con el fin de obtener confesiones forzadas y declaraciones autoinculpatorias que posteriormente son utilizadas para encubrir diversas irregularidades cometidas en la detención.

Además del incentivo generado por la admisión de confesiones obtenidas bajo tortura como pruebas de cargo en los procesos penales, la tortura persiste porque se comete con impunidad: según las cifras proporcionadas por el propio Estado, desde el año 2005 ha habido únicamente 4 condenas por tortura al nivel estatal, mientras que al nivel federal, en los últimos 18 años la PGR informa de 2 sentencias condenatorias por ese delito; lo anterior, cuando la tortura es una práctica que ocurre todos los días en el país.

La impunidad casi total por actos de tortura se debe a varios factores estructurales, empezando por la falta de investigación y en particular, la falta de aplicación adecuada del Protocolo de Estambul, instrumento diseñado para detectar huellas de tortura. En este sentido el Comité resalta: “el uso de dicho Protocolo sigue siendo inadecuado y en muchos casos excepcional”, agregando que según la información analizada: “los peritos oficiales suelen omitir o restar importancia en sus dictámenes a los signos físicos y psicológicos de tortura y malos tratos observados.” Por otro lado, recomienda que la investigación de denuncias de actos de tortura cometidos por las fuerzas de seguridad recaiga en “un órgano independiente, no subordinado al poder ejecutivo.” En otras palabras, a partir de su análisis el Comité encontró tal nivel de complicidad, falta de voluntad o capacidad para investigar la tortura por parte de las estructuras existentes que determinó la necesidad de establecer otro sistema independiente para asumir dicha tarea. Resalta la falta: de acceso efectivo al examen, investigaciones prontas y exhaustivas, así como la falta de independencia y monitoreo de los mismos exámenes.

El Comité también retomó otros temas urgentes, recomendando la reforma del artículo 57 del Código de Justicia Militar para excluir de manera definitiva las violaciones a derechos humanos de la jurisdicción militar, lamentando que el proyecto de reforma de dicho código aún no se haya aprobado. Asimismo, nuevamente reiteró que a nivel de las entidades federativas, se observa que en la mayoría de los casos la tipificación y sanción del delito de tortura no se ajusta rigurosamente a lo dispuesto a la Convención y particularmente destacó que “En el estado de Guerrero el delito de tortura continúa tipificado en una ley que por su naturaleza no es de tipo penal”.

Por otro lado, el Comité aborda la impunidad por tortura sexual cometida contra mujeres, los casos de feminicidio, los brutales abusos cometidos contra personas migrantes en territorio mexicano, los ataques contra defensoras y defensores de derechos humanos, entre otros.

Finalmente, expresó su profunda preocupación por el aumento progresivo de desapariciones forzadas “presuntamente cometidas por autoridades públicas o grupos criminales o particulares que actuarían con el apoyo directo o indirecto de agentes del Estado, en estados como Coahuila, Guerrero, Chihuahua, Nuevo León y Tamaulipas”.

En resumen, el Comité CAT ha reprobado en términos devastadores al Estado mexicano. Sus conclusiones refuerzan y confirman lo que ya es sabido al nivel nacional e internacional: México es un Estado que practica, encubre, tolera y deja impune la tortura, en detrimento no solamente de los derechos fundamentales de su población, sino también de la seguridad pública en el país, puesto que un sistema de combate al crimen o justicia penal basado en la tortura no es capaz de distinguir entre inocentes y culpables, sino sólo agrega la violencia estatal a la violencia criminal.

En este contexto, resulta alarmante que en su comunicado oficial emitido con motivo de las recomendaciones del Comité CAT, el Estado mexicano afirme, “no existe impunidad ante la comisión del delito de tortura, la cual no es ni será tolerada, y subraya que en todos los casos se investiga y se sanciona a los responsables.” Tal afirmación no podría distar más de la realidad y demuestra la falta total de voluntad por parte de la actual administración de reconocer y combatir la práctica sistemática de la tortura. Corresponde a la próxima administración federal y a cada uno de los estados analizar con seriedad y acatar cabalmente las recomendaciones del Comité CAT, tarea en la que la sociedad civil seguirá monitoreando, documentando casos de tortura, denunciando y señalando acciones concretas que se deben tomar para empezar a poner fin a este flagelo en territorio mexicano.

Atentamente,

Centro de Derechos Humanos Agustín Pro Juárez A.C., Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C., Organización Mundial Contra la Tortura, Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos conformada por 73 organizaciones en 21 estados de la República, entre ellas CODIGO DH.

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