Convenio 169 y el reclamo por la autonomía de los Pueblos Indígenas

portadaDPIEl avance logrado en los noventas en el reconocimiento de los Derechos de los Pueblos Indígenas, tiene en el Convenio 169 su mejor ejemplo. Se trata de un tratado vinculante del ordenamiento internacional que obliga a los Estados firmantes a respetar lo pactado, entre ellos México.

El paso dado, significó un avance en relación al indigenismo oficial, que permitió superar la discusión sobre los derechos de las minorías y colocar en la discusión la lucha por la autononía de los pueblos indígenas, reflejado en el Artículo 4, que a la letra dice: “Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación, tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para financiar sus funciones autónomas.”

Expertos como Rodolfo Stavenhagen, Ex-relator de Pueblos Indígenas de la ONU señalan que:  “Los reclamos por el derecho a la autonomía no pueden entenderse cabalmente sino en relación con una larga historia de opresión, exclusión y explotación. Este es el caso de los pueblos indígenas.” Stavenhagen reconoce diversas modalidades de autonomía, entre ellas derecho a la propia lengua, a la educación, al territorio, al control sobre los recursos naturales, al gobierno autóctono y al ejercicio de la justicia. Así como los niveles de la autonomía: la comunidad, el municipio, el pueblos indígena y la región indígena.

Actualmente, en estos tiempos de globalización, la lucha sigue porque las cosas no han cambiado, persiste el colonialismo interno, el racismo y discriminación, el uso de un discurso que “reconoce derechos” pero solo de palabra. Urgen cambios y el cabal cumplimiento del Convenio 169.

Ya conoces el Convenio 169? Conocelo AQUI